ERRADICACIÓN Y LUCHA CONTRA EL TRABAJO INFANTIL Y ADOLESCENTE CUIDADO

En el marco de la conmemoración del día de Erradicación del Trabajo Infantil, la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia. Dependiente del Ministerio de Desarrollo Humano, planificó una serie de actividades a fin de participar de una kermes como integrante de la Comisión Provincial para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil (COPRETI) que se desarrolló en instalaciones de la Vieja Estación.

Como propuesta se organizaron acciones de promoción de derecho y prevención de trabajo infantil a través de actividades lúdicas para que  niños, niñas, adolescentes y jóvenes puedan expresar a través de ellas su conocimiento y su sentimiento en torno a la problemática.

Así mismo se presento un Stand donde se mostro las actividades que niños y niñas de los distintos CDI pertenecientes a la Secretaria habían realizado durante la semana con la consigna #TenemosDerechoaJugar.

por otro lado se trabajo con los adolescentes y jóvenes tomando como disparador la proyección de distintos cortos donde muestran la necesidad de establecer un debate participativo sobre Trabajo Adolescentes Cuidado, por último a través de la radio abierta los adolescentes y jóvenes pudieron expresar sus conocimientos,  opiniones y sentimientos de la problemática planteada.

Cabe destacar que las acciones se llevó a cabo conducida por la Dirección de Juventud que coordinó que toda la actividad esté a cargo de los propios jóvenes que se acercaron, los cuales además participaron de un foro abierto de intercambio de opiniones, dudas, consultas y vivencias.

Los efectos negativos del trabajo infantil

La dificultad de las tareas y las duras condiciones de trabajo crean un gran número de problemas, como el envejecimiento prematuro, la desnutrición, la depresión o la drogadicción.

Los niños procedentes de entornos desfavorecidos, de grupos minoritarios o sustraídos del seno familiar carecen de protección. Sus empleadores hacen lo que sea necesario para hacerlos completamente invisibles y, por lo tanto, son capaces de ejercer control absoluto sobre ellos. Estos niños trabajan en condiciones degradantes, lo que socava todos sus derechos y principios fundamentales.

Por otra parte, los niños que trabajan no están en capacidad de tener una educación normal y serán condenados a convertirse en un adulto analfabeto, sin tener la posibilidad de crecer en su vida social y profesional.

La Convención Internacional sobre los Derechos del Niño tiene un enorme poder transformador y es un instrumento para las políticas públicas y jurídicas de infancia en pos de la protección de sus derechos, en su art.32“Los Estados Partes reconocen el derecho del niño a estar protegido contra la explotación económica y contra el desempeño de cualquier trabajo que pueda ser peligroso o entorpecer su educación, o que sea nocivo para su salud o para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral o social”

la ley 26061 ARTICULO 25. – DERECHO AL TRABAJO DE LOS ADOLESCENTES. Los Organismos del Estado deben garantizar el derecho de las personas adolescentes a la educación y reconocer su derecho a 6 trabajar con las restricciones que imponen la legislación vigente y los convenios internacionales sobre erradicación del trabajo infantil, debiendo ejercer la inspección del trabajo contra la explotación laboral de las niñas, niños y adolescentes.

Ley 5288 Art. 27.– El Estado provincial, la comunidad y la familia coordinarán sus esfuerzos para erradicar el trabajo infantil y limitará toda forma de trabajo legalmente autorizada al menor cuando implica o afecte su proceso evolutivo, o constituya una actividad riesgosa para su persona u obstaculice su derecho a la educación, la recreación y esparcimiento.

un trabajo consciente y efectivo se realiza construyendo políticas publicas articuladas donde el trabajo de corresponsabilidad entre Estado, ONG’S y Comunidad este visibilizado a través del compromiso asumido.